jueves, 9 de noviembre de 2017

¿ESTÁS LISTO CON CFDI VERSIÓN 3.3?





Muchos contribuyentes se encuentran preocupados ante los cambios impuestos por el SAT, sin embargo, buscan la forma de poder cumplir ante la autoridad, evitando en toda medida multas o recargos, pero ¿qué es la nueva versión del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI 3.3)?

La evolución del CFDI tiene como misión fomentar la calidad de la información contenida en los CFDI para permitir una explotación más efectiva, abriendo la puerta para futuras simplificaciones de trámites o eliminación de reportes, los objetivos de estas actualizaciones están orientados a garantizar una mejor experiencia de uso en la factura electrónica y, también, a subsanar incidencias que se van detectando con el tiempo y la aplicación de este sistema.

A continuación, mencionaremos las principales modificaciones:
  • El domicilio ya no será requisito para la emisión. Solo se requiere el RFC del receptor
  • Se realizará el cálculo de los impuestos por cada concepto, así como el uso de catálogos.
  • Se eliminará la posibilidad de capturar valores en cero y números negativos.
  • Se implementará el uso de 23 catálogos.
  • Se deberá emitir el documento que ampare retenciones.
  • Se ha definido un nuevo proceso para la cancelación de CFDI
  • Se ha definido un nuevo proceso de firmado
  • Definición del uso de complementos, complementos concepto y Adenda (normados fuera de la RMF):
  • Complemento Concepto: Permite incluir información adicional específica para los conceptos registrados en la factura electrónica (por ejemplo: venta de vehículos).
  • Complemento: Permite incluir información adicional específica en la factura electrónica para un sector o un grupo de contribuyentes
  • Facturas pagadas (con Complemento de pagos) no puede ser canceladas
  • Nuevo complemento para pagos/ Recepción de pagos (Complemento de pagos 1.0):
    • Emisión de un segundo comprobante (un segundo CFDI) con el complemento de pago
    • Se establece la emisión de un Complemento al recibir el pago de una factura ya expedida. (cuando no se pagó antes de o al momento de expedir la factura).
Es importante que los contribuyentes conozcan más del tema, todos los cambios impactan en sus sistemas contables, sin embargo, tener un panorama más amplio ayudará a validar que su información esta correcta para cumplir con la autoridad.

Recuerda que estas actualizaciones son válidas a partir del 1 de julio de 2017, no obstante, los contribuyentes podrán continuar emitiendo facturas con la versión actual 3.2 de manera simultánea hasta el 30 de noviembre de 2017 con el objetivo de que, durante la convivencia de versiones, migren paulatinamente sus procesos de facturación.

La emisión de comprobantes con el Complemento de Recepción de Pagos será opcional a partir del 1 de julio del 2017 sólo con la versión 3.3. de factura electrónica y obligatorio a partir del 1 de diciembre del 2017. El proceso de aprobación para la cancelación de facturas electrónicas entrará en vigor el 1 de enero del 2018

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