viernes, 7 de abril de 2017

EL SAT AGREGA OBLIGACIONES DIGITALES A EMPRESAS


El Servicio de Administración Tributaria (SAT) no para de innovar y ahora dará otro dolor de cabeza a las empresas, ya que además de emitir una factura electrónica cuando realicen una venta, tendrán que emitir un complemento electrónico adicional al recibir el o los pagos.

Este documento electrónico se llama ‘complemento para la recepción de pagos’, y deberá incorporarse al CFDI (factura electrónica) que se expida por la recepción de pagos en parcialidades o en una sola exhibición cuando ésta no sea cubierta al momento de la expedición de la factura, incluso cuando se trate de operaciones a crédito y estas se paguen totalmente en fecha posterior a la emisión del CFDI correspondiente.

“Esto se va a complicar cada vez más si no te pagan en una solo exhibición. Si una venta resulta en 100 pesos y no te los pagan (inmediatamente) se va a complicar, por ejemplo, por cada peso que te paguen para completar los 100, tendrás que emitir 100 complementos”.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) no para de innovar y ahora dará otro dolor de cabeza a las empresas, ya que además de emitir una factura electrónica cuando realicen una venta, tendrán que emitir un complemento electrónico adicional al recibir el o los pagos.
Este documento electrónico se llama ‘complemento para la recepción de pagos’, y deberá incorporarse al CFDI (factura electrónica) que se expida por la recepción de pagos en parcialidades o en una sola exhibición cuando ésta no sea cubierta al momento de la expedición de la factura, incluso cuando se trate de operaciones a crédito y estas se paguen totalmente en fecha posterior a la emisión del CFDI correspondiente.

“Esto se va a complicar cada vez más si no te pagan en una solo exhibición. Si una venta resulta en 100 pesos y no te los pagan (inmediatamente) se va a complicar, por ejemplo, por cada peso que te paguen para completar los 100, tendrás que emitir 100 complementos”.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) no para de innovar y ahora dará otro dolor de cabeza a las empresas, ya que además de emitir una factura electrónica cuando realicen una venta, tendrán que emitir un complemento electrónico adicional al recibir el o los pagos.
Este documento electrónico se llama ‘complemento para la recepción de pagos’, y deberá incorporarse al CFDI (factura electrónica) que se expida por la recepción de pagos en parcialidades o en una sola exhibición cuando ésta no sea cubierta al momento de la expedición de la factura, incluso cuando se trate de operaciones a crédito y estas se paguen totalmente en fecha posterior a la emisión del CFDI correspondiente.

“Esto se va a complicar cada vez más si no te pagan en una solo exhibición. Si una venta resulta en 100 pesos y no te los pagan (inmediatamente) se va a complicar, por ejemplo, por cada peso que te paguen para completar los 100, tendrás que emitir 100 complementos”.

-Cuando en el comprobante existan errores, éste podrá cancelarse siempre que se sustituya por otro con los datos correctos y cuando se realicen a más tardar el último día del ejercicio en que fue emitido el CFDI.

FUENTE: EXPANSIÓN

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