jueves, 17 de agosto de 2017

CFDI 3.3. por descuento, bonificación y devolución.


Con la versión 3.3. es importante conocer cómo se deben expedir los CFDI´s cuando se está en presencia de estas figuras
Los descuentos, las bonificaciones y las devoluciones son partidas deducibles que pueden llevar a cabo los contribuyentes cuando se otorguen o convengan, de conformidad con el artículo 25 de la LISR.
En materia de comprobación fiscal, estos conceptos deben reflejarse en CFDI´s tipo egreso. El SAT a través de la guía de llenado del CFDI versión 3.3 precisa ciertos detalles para su emisión, los cuales a continuación se mencionan:
Supuesto
Detalle
Emisión de CFDI de tipo Egreso por descuento, bonificación o devolución relacionado a varios comprobantes por el importe total
Si se requiere aplicar un descuento, una devolución o bonificación a diversas operaciones documentadas con CFDI de tipo ingreso por el 100 % del valor total de cada una de ellas, en el CFDI de egreso debe registrar:
·         en el importe, el total de la sumatoria de los comprobantes tipo ingreso
·         el nodo documento relacionado de cada uno de los CFDI de tipo ingreso (un nodo por cada UUID de los comprobantes
·         en la forma de pago, cualquiera de las siguientes opciones: la que se registró en el CFDI tipo ingreso con mayor valor, en caso de que todos los CFDI tipo ingreso tengan el mismo valor el contribuyente emisor podrá a su criterio seleccionar la forma de pago de alguno de ellos, o  con la que se está  efectuando el descuento, la devolución o la bonificación en su caso
·         en el método de pago, la clave “PUE” (pago en una sola exhibición)
·         en el campo ClaveProdServ, la clave “84111506” (servicios de facturación), y
·         en la ClaveUnidad, la clave “ACT” (actividad)
Emisión de CFDI de tipo egreso por descuento, bonificación o devolución relacionado con un comprobante por un importe menor
Si se requiere aplicar un descuento, una devolución o bonificación a diversas operaciones documentadas con un CFDI de tipo ingreso con un valor menor al importe de cada uno de los comprobantes, se podrá emitir un CFDI de egreso por cada descuento, bonificación o devolución que aplique a cada comprobante de tipo ingreso; opcionalmente se  podrá registrar la forma de pago con la que se está efectuando el descuento, la devolución o la bonificación, en su caso.
En este supuesto, el CFDI tipo egreso se emitirá conforme a lo siguiente, se debe registrar:
·         en el importe, el valor por el cual se aplica el descuento, la devolución o la bonificación
·         el nodo documento relacionado,  el CFDI de tipo ingreso
·         en la forma de pago, cualquiera de las siguientes opciones:  la que se registró en el CFDI tipo ingreso, o con la que se está efectuando el descuento, la devolución o la bonificación en su caso
·         en el método de pago, la clave “PUE” (pago en una sola exhibición)
·         en el campo ClaveProdServ,  la clave “84111506” (servicios de facturación), y
·         en la ClaveUnidad,  la clave “ACT” (actividad)
Egreso por descuento, bonificación o devolución relacionado a varios comprobantes por un importe menor
En caso de que existan varios comprobantes de tipo ingreso en los cuales se requiera aplicar descuento, devolución o bonificación con un valor menor al importe de los descuentos, las devoluciones o las bonificaciones que apliquen de cada comprobante, se podrá emitir un CFDI de tipo egreso por el total de los descuentos, las bonificaciones o devoluciones que apliquen a cada comprobante de tipo ingreso
Descuentos globales
En el caso de generación y aplicación de descuentos globales que hagan los contribuyentes en ventas futuras, podrán emitir el CFDI de egresos que ampare el concepto de descuento conforme  a cualquiera de las siguientes opciones:
·         CFDI de egresos relacionado a un CFDI de ingreso, cuando se devengue o genere el derecho de un descuento global en un futuro, el contribuyente podrá, para efectos de control, emitir un documento interno que documente contablemente dicho descuento, para aplicarlo una vez que se genere el ingreso en el futuro. Una vez que se dé el ingreso al cual se le aplicará el descuento previsto, se deberá primero expedir el CFDI tipo ingreso correspondiente, y posteriormente el CFDI tipo egreso que ampare el valor consignado en el documento interno de control, debiendo relacionar el CFDI de egreso con el de ingreso, y
·         CFDI de egresos sin relacionar a un CFDI de ingreso, cuando se devengue o genere el derecho a un descuento global en un futuro, el contribuyente podrá emitir un CFDI de tipo egreso por el valor del descuento sin relacionarlo en un CFDI de ingreso.
Si se genera el ingreso a futuro, se debe emitir el CFDI de tipo ingreso correspondiente al cual se le debe relacionar el CFDI egreso, señalando en el párrafo anterior, debiendo registrar en el campo TipoRelación la clave “02” (nota de débito de los descuentos relacionandos) y como forma de pago la clave “23” (Novación) 

Fuente: idconline.mx

www.elfiscalista.com

PRÓXIMO CURSO

NUEVA VERSIÓN 3.3 DE CFDI, INCLUYE NUEVA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL.

24 de Agosto






Tenemos experiencia en Agua potable y municipios.

FACTURATRONIC

LOS No.1 EN FACTURACIÓN ELECTRÓNICA


Porque la factura electrónica es un Problema Fiscal, no informático.

Ya contamos con la Actualización 3.3

Más información sobre Facturatronic Versón 3.3 

 click en imagen.


CATÁLOGO DE CURSOS EN LÍNEA

  • TALLER DE IMSS E INFONAVIT
  • COMO ENFRENTAR FISCALMENTE EL 2017
  • NUEVOS COMPLEMENTOS DEL CFDI 
  • TRATAMIENTO FISCAL DE ASOCIACIONES RELIGIOSAS
  • DIPLOMADO CENEVAL PARA CONTADORES
  • LA NUEVA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DEL SAT
  • AUDITORIAS DEL SAT
  • CONTABILIDAD ELECTRÓNICA
  • EL SAT EN TÙ OFICINA
  • LO QUE NO SABEMOS DEL CFDI (Incluye ultimas modificaciones)
  • ACTUALIZACIÓN TOTAL
  • FISCALIZACIÓN A TRAVÉS DE MEDIOS ELECTRÓNICOS POR PARTE DEL SAT, EL NUEVO ESCENARIO
  • EXCEL PARA CONTADORES
  • COMPENSACIÓN, ACREDITAMIENTO Y DEVOLUCIÓN DE IMPUESTOS
  • TALLER PRÁCTICO DE CONTABILIDAD ELECTRÓNICA (CONTPAQi)
  • MEDIOS DE DEFENSA ANTE UNA AUDITORIA ELECTRÓNICA POR PARTE DE LA AUTORIDAD FISCAL
  • LOS CONTRATOS COMO SOPORTE FISCAL Y LABORAL PARA LA SEGURIDAD DE TÚ NEGOCIO
  • LEY ANTI LAVADO DE DINERO
  • COMO DETERMINAR EL COSTO DE VENTA FISCAL





COMPARTE ESTA INFORMACIÓN POR REDES SOCIALES Y/O WHATS APP. ADEMÁS ÚNETE A NUESTRO INFOWHATS Y RECIBE POR 10 DÍAS LAS NOTICIAS FISCALES Y CONTABLES MÁS RELEVANTES. SOLO ENVIA UN WHATS APP AL 44 44 08 47 37 CON TU NOMBRE Y EL ESTADO EN EL QUE VIVES.


No hay comentarios.:

Publicar un comentario