Si
plasmas erróneamente la clave del servicio o producto en el comprobante fiscal,
se debe cancelar y expedir otro.
Uno de los requisitos que deben cumplir los
comprobantes fiscales digitales (CFDI´s) es la descripción del acto jurídico
que se plasma en el mismo.
En los CFDI´s versión 3.3. se debe expresar la
información detallada del bien, servicio u otorgamiento del uso o goce temporal
descrito en dicho comprobante. Para ello se tienen que utilizar las claves de
los diversos productos o servicios de conformidad con el Catálogo
de Productos y Servicios publicado en el portal de Internet
del SAT.
Es importante mencionar que se deben incluir los
impuestos aplicables cuando la clave seleccionada lo indique.
Cuando la clave de un producto o servicio no esté en
el catálogo, se debe registrar la clave “01010101”. El SAT pone a disposición
de los contribuyentes la herramienta para localizar rápidamente el producto o
servicios.
Recientemente la autoridad señaló que si la
clasificación del producto y servicio es errónea es necesario que se cancele y
se reexpida tal comprobante fiscal. Este criterio se visualiza en la siguiente
pregunta y respuesta:
Fuente: idconline.com
www.elfiscalista.com
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