El pasado 18 de julio, se publicó en el
Diario Oficial de la Federación la Segunda Resolución de Modificaciones a la
Resolución Miscelánea Fiscal para 2017 en la cual se dieron a conocer varias
reglas relativas a los CFDI.
Respecto a la
clave 99 “Por definir”, se modificó la Regla 2.7.1.32 de dicha resolución, mediante la
cual se establece que los contribuyentes deben considerar para el campo que se
menciona, lo siguiente:
“II. Forma
en que se realizó el pago se
señalará conforme al catálogo de formas de pago que señala el Anexo 20,
con la opción de indicar la clave 99 “Por definir” en el caso de no haberse
recibido el pago de la contraprestación, siempre que una vez que se reciba el
pago o pagos se emita por cada uno de ellos un CFDI al que se le incorpore el
“Complemento para recepción de pagos” a que se refiere la regla 2.7.1.35.”
Adicionalmente, el artículo sexto transitorio de dicha resolución,
señala que lo anterior es aplicable a partir del 1 de julio de 2017; no
obstante lo anterior, no se precisa situación alguna en cuanto a la versión 3.2 del CFDI,
por lo que crea confusión si la eliminación de la expresión “NA” para
incluir la clave 99 “por definir” también es aplicable para la versión 3.2 del
CFDI, versión que sigue siendo opcional hasta el 30 de noviembre de 2017.
De lo anterior
se desprende que la aplicación de lo señalado anteriormente en cuanto a la
señalar la clave 99 “Por definir” en el campo de forma de pago no aplicaría
para el CFDI versión 3.2, si no únicamente para la versión 3.3 del CFDI, debido a que la regla no podría ser
aplicable a la versión anterior ya que dicha versión considera el método de
pago y la forma de pago de manera invertida en relación a la versión 3.3, en
adición a que la versión
3.2 no contiene complemento de pago.
Cabe mencionar que, no obstante, la conclusión a la que
se podría arribar conforme a lo anterior, es importante adoptar el criterio que
mejor se acople a las circunstancias de la empresa y en todo caso hacer las adecuaciones correspondientes para
migrar a la versión 3.3 del CFDI lo más pronto posible.
Fuente:Soyconta
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