lunes, 3 de julio de 2017

Comenzarán miles de demandas laborales y auditorías fiscales por parte del SAT.


Es importante conocer la nueva situación de las disposiciones fiscales y laborales de las empresas que usan outsorcing y/o subcontratación (pagadoras), en virtud de las últimas reformas que publicó la autoridad hacendaria.

El SAT otorgó una prórroga a las empresas que usan outsorcing, la cual vence el primero de julio de 2017, momento en el cual se publicarán los formatos fiscales que deberán usar las empresas que ofrecen y contratan outsoricing.

Esto cambiará totalmente la forma de operar a las pagadoras y pondrá en una situación jurídica delicada a las empresas que las utilizan, ya que pueden incurrir en fraudes fiscales, delitos penales fiscales y responsabilidad laboral que generará muchos costos por el uso de la subcontratación. 

Entre las nuevas disposiciones se encuentra la de utilizar los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI), que se usarán en las nóminas, en los que se deberá establecer el nombre de las empresas contratantes, el RFC de la contratista y el tiempo que laboró el trabajador para la contratante; además de las cargas fiscales establecidas en el Impuesto Sobre la Renta, en donde se tiene la obligación  de recolectar la documentación que acredite el pago de salario en el CFDI, el acuse recibo de nómina, de declaración de entero de retención y el pago de cuotas del IMSS, con la responsabilidad de que en caso de no hacerlo se puede negar la deducción de los impuestos, con las cargas y multas fiscales que esto implica.

Los criterios laborales que se han dictado en los últimos años en relación a la subcontratación han sido más estrictos, como lo fue el caso del Bancomer, en donde un Tribunal Colegiado declaró la ilegalidad de la sustitución patronal con su outsorcing. Con estas nuevas disposiciones fiscales será mucho más fácil acceder a la información para acreditar su ilegalidad en los tribunales laborales, ahora vendrá desde los recibos de nómina y los informes a la autoridad del SAT e IMSS.

Si las empresas quieren seguir usando este régimen, deben realizar lo siguiente: a) hacerse una auditoria laboral a los contratos y relación laboral que se esté llevando con su outsorcing; b) evitar contratar con pagadoras que solo buscar evadir impuestos; c) siempre verificar que se paguen todos los impuestos correspondientes, cerciorarse de que la outsorcing lo hace en su totalidad, y en caso de duda cambiar de empresa; d) verificar que se cumpla con la obligaciones de Seguridad Social; e) cumplir con las condiciones del artículo 15-A de la Ley Federal del Trabajo.

Hoy es muy alto el riesgo que se están corriendo las empresas al simular las relaciones laborales con pagadoras, debe verificarse con mucho cuidado cada caso, realizar una buena auditoria laboral independiente y objetiva, que ayude a conocer la realidad para una buena toma de decisiones, es mejor llevar un proceso preventivo que tener problemas con la autoridad fiscal y demandas laborales, el tiempo se acabó y se debe actuar ya.


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