Se simplifican las obligaciones
contables de las pequeñas empresas. Estamos ante un
proceso de armonización para transponer a nuestro ordenamiento jurídico la
nueva Directiva contable 2013/34/UE, de 26 de junio de 2013, que comenzó con la
aprobación de la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoria de Cuentas que
introdujeron las modificaciones correspondientes en el Código de Comercio y en
el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital.
Ahora se modifica el Real Decreto 1515/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprobó el Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas y los criterios contables específicos para las micro empresas.
Así disponemos de unos
requerimientos máximos de información a las
Hay bastantes cambios,
pero destacamos una nueva regulación en materia de activos intangibles. Afecta
al fondo de comercio, suprime el carácter obligatorio del estado de cambios en
el patrimonio neto para las pequeñas empresas, y parte de la información del
modelo de memoria abreviada.
En relación con las cuentas
consolidadas, continúa la obligación de consolidar en los mismos términos que
la anterior Directiva, pero con respecto a la dispensa de consolidar la norma
europea, introduce un cambio en la exención por razón de tamaño
Importante destacar
que este Real Decreto entró en vigor ayer domingo, pero produce efectos desde
el 1 de enero de este año 2016 que está acabando. Por lo tanto, conviene
apresurarse a hacer las rectificaciones que permite la norma.
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