sábado, 3 de diciembre de 2016

COMO SE CANCELAN LAS FACTURAS A PARTIR DEL 2017

El motivo de la autoridad para regular la cancelación de una factura electrónica tiene que ver con lo siguiente:

El SAT ha detectado que diversos contribuyentes emisores de comprobantes fiscales digitales por Internet los cancelan de manera unilateral con diversas finalidades, entre ellas, la de no acumular como ingreso para efectos del impuesto sobre la renta la cantidad facturada, lo que puede ocasionar efectos fiscales no deseados a las personas a favor de quienes se expiden dichos comprobantes, tales como la imposibilidad de efectuar la deducción de los gastos o el acreditamiento de los impuestos respectivos. (extracto reforma fiscal 2017).

Porqué cancelar una Factura Electrónica?

Existen varios motivos por los cuales un contribuyente necesita cancelar un CFDI o Factura Electrónica. A continuación mencionamos algunos de los casos más comunes:
  1. Error en datos fiscales (RFC, domicilio, nombre o razón social)
  2. Error en forma o método de pago (contado, parcialidad, efectivo, transferencia)
  3. No poner los 4 últimos dígitos (no obligatorio)
  4. Error en los montos (facturar de más o de menos)
  5. No pago de la Factura Electrónica (principal motivo de cancelación)
  6. Productos y Servicios (error en el concepto)
  7. Impuestos aplicables en la factura electrónica
  8. Condiciones de pago diferentes a las autorizadas por la empresa.
Mención especial: El punto número 5 ha generado mucho revuelo entre los contribuyentes. Ya que lo consideran injusto, porque aparte de solicitar el pago de la factura y no obtener la remuneración por parte del cliente; debe solicitar todavía autorización por parte del cliente incumplido para la cancelación del comprobante.
Pueden existir más de estos errores que requieran la cancelación de un CFDI, por eso te invito a dejar algún otro motivo de cancelación de un CFDI en la sección de comentarios.

Procedimiento para la cancelación de un CFDI 

Aún falta que el SAT defina cuál es el proceso para la cancelación de una factura electrónica a partir de 2017, pero hay que ir más allá de la simple acción de cancelar un CFDI.
La modificación al articulo 29-A del CFF para 2017, menciona lo siguiente:
Artículo 29-A (CFF 2017). Los comprobantes fiscales digitales a que se refiere el artículo 29 de este Código, deberán contener los siguientes requisitos:

Los comprobantes fiscales digitales por Internet sólo podrán cancelarse cuando la persona a favor de quien se expidan acepte su cancelación.

El Servicio de Administración Tributaria, mediante reglas de carácter general, establecerá la forma y los medios en los que se deberá manifestar dicha aceptación.Por eso nos dimos a la tarea de imaginar cómo serán las reglas que el SAT implementará.
¿Cuál sería el medio de comunicación entre el contribuyente emisor y el receptor? ¿Se establecerán tiempos para el vencimiento de algún aviso? ¿Sabría el receptor que el emisor solicita la cancelación?
¿Te recuerda a algo? ¡Nos suena a Buzón Tributario para todos!
El buzón tributario es el método implementado por el SAT para comunicarse directamente con el contribuyente, el cual según la última estadística del IMCP (oct 2016) son 2 millones los contribuyentes que lo utilizan (muy pocos la verdad).
La herramienta busca el poder emitir requerimientos a los contribuyentes, sin tener que recurrir a la típica visita domiciliaria. Por lo que es de suponer que el uso del Buzón Tributario es la mejor opción para el SAT de hacer llegar diferentes anuncios (requerimientos) a los contribuyentes.
Son 26 millones los contribuyentes (sin considerar a asalariados) que emiten Facturas Electrónicas y susceptibles a necesitar Cancelar un CFDI en 2017.
Si el SAT busca que los contribuyentes se den de alta en el Buzón Tributario por sí solos con la “ventaja” de poder recibir sus requerimientos más rápido, podríamos considerar que buscará la “necesidad” de tener el Buzón Tributario para poder cancelar los Comprobantes Fiscales Digitales a partir de 2017.
Por la sencilla razón de que es el método idóneo para que un contribuyente le avise a otro contribuyente que necesita cancelar un CFDI, para ampararse con el SAT según la nueva disposición del CFF en 2017. Como estable el nuevo articulo 29-A de la Ley del Impuesto Sobre la Renta para 2017, que el SAT deberá establecer la forma y los medios en los que se deberá manifestar dicha aceptación
¿A partir de cuándo no puedo cancelar un CFDI?
El no poder cancelar una factura electrónica o CFDI, no entrará en vigor el 1ro de enero de 2017. Aunque el articulo 29-A del CFF para 2017 ya menciona que los CFDI`s se deberán cancelar siempre y cuando el receptor del mismo autorice la cancelación.
Pero en el articulo sexto transitorio del código Fiscal de la Federación, menciona que no será hasta el 1 de mayo de 2017cuando ya no se pueda cancelar un CFDI sin el consentimiento del receptor.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN

Artículo Sexto.- En relación con las modificaciones a las que se refiere el Artículo Quinto de este Decreto, se estará a lo siguiente:
  1. La adición de los párrafos cuarto y quinto del artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación, entrará en vigor el 1 de mayo de 2017.
Recomendación:
Si el 1ro de mayo de 2017 no puedes cancelar una factura, como recomendación sería emitir una nota de crédito por esa factura y si es en el mismo mes de emisión mejor (aplicable en algunos casos). Ya que la cancelación de una factura al parecer, supone para el SAT querer borrar la acumulación de ingresos tajantemente. Pero si contamos con evidencia del porque emitimos una nota de crédito, podremos considerarla como una buena opción.
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FUENTE: CONTADOR MX

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