A partir del año entrante es importante que lleguen tus recibos de nómina vía electrónica y que verifiques que contengan toda la información que requiere el SAT, la que se enlista a continuación.
Los patrones estarán obligados a emitir un comprobante digital a partir de 2017 por cada pago de nómina que den a sus colaboradores asalariados en el mes.
Si ya recibes tu nómina vía digital, debes revisar algunos datos que se incluirán a partir del primer pago que recibas el año entrante.
Con ellos, el patrón ya no entregará la declaración anual de sueldos y salarios en febrero de 2018.
Si aún no recibes tu nómina de manera electrónica, asegúrate que a partir de 2017 la envíen digitalmente a tu correo electrónico.
El 30 de septiembre, en el portal del SAT se publicaron de manera anticipada los cambios que ocurrirán, para que los patrones los apliquen a través de la adecuación de sus sistemas para la emisión de CFDI (Comprobantes Fiscales Digitales).
Estos aplicarán a todos los asalariados por cada pago que reciban de su patrón, ya sea de manera semanal, quincenal o mensual, depende de cada caso.
Los datos que deben venir obligatoriamente son: nombre del trabajador, CURP, tipo de contrato, régimen, número de empleado, periodicidad de pago (quincenal, semanal), clave de la entidad federativa (donde se prestó el servicio) y el RFC, detalla el documento del SAT.
En el campo de percepciones (pagos recibidos) se deberá incluir el monto total que recibes con todo e impuestos y el total que recibes exento de impuestos.
Se debe explicar si la percepción es ordinaria (sueldo) o extraordinaria (por prima vacacional, por ejemplo).
Estas percepciones tendrán un número de clave, que comúnmente utilizan los patrones para llevar a cabo su contabilidad.
En caso que hayas trabajado horas extra, este monto deberá venir desglosado. Todo esto conformará el importe total de percepciones.
En el campo de deducciones, se debe expresar el monto de deducciones diferentes al impuesto ISR, por ejemplo el IMSS, el crédito del Infonavit o la caja de ahorro.
En otro deberá venir el total de los impuestos retenidos. Todo esto conformará el importe total de deducciones.
Algunos datos que serán opcionales, de acuerdo a casos específicos, o de contar con éstos son el número de seguridad social, fecha de inicio de la relación laboral, antigüedad.
Indicar si estás sindicalizado, tipo de jornada, departamento, puesto, banco donde se hace el depósito, cuenta bancaria y empresa que subcontrata.
También debes corroborar que tu RFC esté correcto, porque muchas veces sin que el contribuyente se dé cuenta el registro fiscal viene mal, lo que causa problemas al solicitar devoluciones o presentar la declaración anual.
El motivo de la autoridad para
regular la cancelación de una factura electrónica tiene que ver con lo
siguiente:
El SAT ha
detectado que diversos contribuyentes emisores de comprobantes fiscales
digitales por Internet los cancelan de manera unilateral con diversas
finalidades, entre ellas, la de no acumular como ingreso para efectos del
impuesto sobre la renta la cantidad facturada, lo que puede ocasionar
efectos fiscales no deseados a las personas a favor de quienes se expiden
dichos comprobantes, tales como la imposibilidad de efectuar la
deducción de los gastos o el acreditamiento de los impuestos respectivos.
(extracto reforma fiscal 2017).
Porqué
cancelar una Factura Electrónica?
Existen varios motivos por los
cuales un contribuyente necesita cancelar un CFDI o Factura Electrónica. A
continuación mencionamos algunos de los casos más comunes:
Error
en datos fiscales (RFC, domicilio, nombre o razón social)
Error
en forma o método de pago (contado, parcialidad, efectivo, transferencia)
No
poner los 4 últimos dígitos (no obligatorio)
Error
en los montos (facturar de más o de menos)
No
pago de
la Factura Electrónica (principal motivo de cancelación)
Productos
y Servicios (error en el concepto)
Impuestos
aplicables en la factura electrónica
Condiciones
de pago diferentes a las autorizadas por la empresa.
Mención
especial: El
punto número 5 ha generado mucho revuelo entre los contribuyentes. Ya que lo
consideran injusto, porque aparte de solicitar el pago de la factura y no
obtener la remuneración por parte del cliente; debe solicitar todavía autorización
por parte del cliente incumplido para la cancelación del comprobante.
Pueden existir más de estos
errores que requieran la cancelación de un CFDI, por eso te invito a
dejar algún otro motivo de cancelación de un CFDI en la sección de comentarios.
Procedimiento
para la cancelación de un CFDI
Aún falta que el SAT defina cuál
es el proceso para la cancelación de una factura electrónica a partir de 2017,
pero hay que ir más allá de la simple acción de cancelar un CFDI.
La modificación al articulo 29-A
del CFF para 2017, menciona lo siguiente:
Artículo
29-A (CFF 2017). Los comprobantes fiscales digitales a que se refiere el
artículo 29 de este Código, deberán contener los siguientes requisitos:
Los comprobantes fiscales digitales por Internet sólo podrán cancelarse
cuando la persona a favor de quien se expidan acepte su cancelación.
El
Servicio de Administración Tributaria, mediante reglas de carácter general,
establecerá la forma y los medios en los que se deberá manifestar dicha
aceptación.Por eso
nos dimos a la tarea de imaginar cómo serán las reglas que el SAT
implementará.
¿Cuál sería el medio de
comunicación entre el contribuyente emisor y el receptor? ¿Se establecerán
tiempos para el vencimiento de algún aviso? ¿Sabría el receptor que el emisor
solicita la cancelación?
¿Te
recuerda a algo? ¡Nos suena a Buzón Tributario para todos!
El buzón tributario es el método
implementado por el SAT para comunicarse directamente con el contribuyente, el
cual según la última estadística del IMCP (oct 2016) son 2 millones los
contribuyentes que lo utilizan (muy pocos la verdad).
La herramienta busca el poder
emitir requerimientos a los contribuyentes, sin tener que recurrir a la típica
visita domiciliaria. Por lo que es de suponer que el uso del Buzón Tributario
es la mejor opción para el SAT de hacer llegar diferentes anuncios
(requerimientos) a los contribuyentes.
Son 26
millones los contribuyentes (sin considerar a asalariados) que emiten Facturas
Electrónicas y susceptibles a necesitar Cancelar un CFDI en 2017.
Si el SAT busca que los
contribuyentes se den de alta en el Buzón Tributario por sí solos con la
“ventaja” de poder recibir sus requerimientos más rápido, podríamos considerar
que buscará la “necesidad” de tener el Buzón Tributario para
poder cancelar los Comprobantes Fiscales Digitales a partir de 2017.
Por la sencilla razón de que es
el método idóneo para que un contribuyente le avise a otro contribuyente que
necesita cancelar un CFDI, para ampararse con el SAT según la nueva disposición
del CFF en 2017. Como estable el nuevo articulo 29-A de la Ley del
Impuesto Sobre la Renta para 2017, que el SAT deberá establecer la forma y los
medios en los que se deberá manifestar dicha aceptación
¿A partir
de cuándo no puedo cancelar un CFDI?
El no poder cancelar una factura
electrónica o CFDI, no entrará en vigor el 1ro de enero de 2017. Aunque el
articulo 29-A del CFF para 2017 ya menciona que los CFDI`s se deberán cancelar
siempre y cuando el receptor del mismo autorice la cancelación.
Pero en el articulo sexto
transitorio del código Fiscal de la Federación, menciona que no será hasta el 1
de mayo de 2017cuando ya no se pueda cancelar un CFDI sin el consentimiento
del receptor.
DISPOSICIONES
TRANSITORIAS DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Artículo
Sexto.- En
relación con las modificaciones a las que se refiere el Artículo Quinto de este
Decreto, se estará a lo siguiente:
La
adición de los párrafos cuarto y quinto del artículo 29-A del Código
Fiscal de la Federación, entrará en vigor el 1 de mayo de
2017.
Recomendación:
Si el 1ro de mayo de 2017 no
puedes cancelar una factura, como recomendación sería emitir una nota de
crédito por esa factura y si es en el mismo mes de emisión mejor (aplicable en
algunos casos). Ya que la cancelación de una factura al parecer, supone para el
SAT querer borrar la acumulación de ingresos tajantemente. Pero si
contamos con evidencia del porque emitimos una nota de crédito, podremos
considerarla como una buena opción.
Por ultimo te recomiendo darte de
alta a nuestro boletín, para mantenerte alerta sobre este y otros cambios
que vayan surgiendo en el ámbito fiscal, laboral o de seguridad social en
México.
FUENTE: CONTADOR MX COMPARTE ESTA INFORMACIÓN POR REDES SOCIALES Y/O WHATS APP. ADEMÁS ÚNETE A NUESTRO INFOWHATS Y RECIBE POR 10 DÍAS LAS NOTICIAS FISCALES Y CONTABLES MÀS RELEVANTES. SOLO ENVIA UN WHATS APP AL 44 44 08 47 37 CON TU NOMBRE Y EL ESTADO EN EL QUE VIVES.