lunes, 5 de diciembre de 2016

4 CAMBIOS BÁSICOS EN IVA PARA 2017

Que no te sorprendan, entérate de los ajustes a que operarán el siguiente año en este ordenamiento.

Este 30 de noviembre de 2016, se publicó en el DOF las reformas a la LIVA 2017. De ahí que a continuación te presentemos un resumen de los aspectos más importantes que contempla:

Hay modificaciones para contribuyentes que se encuentren en periodo preoperativo para el acreditamiento o para recuperar el IVA pagado. 

Se precisa una tasa del 0 % para la exportación de servicios a los de tecnologías de la información consistentes en el: desarrollo, integración y mantenimiento de aplicaciones informáticas o de sistemas computacionales, procesamiento, almacenamiento, respaldos de información, la administración de bases de datos, alojamiento de aplicaciones informáticas, modernización y optimización de sistemas de seguridad de la información y a la continuidad en la operación de los servicios anteriores; siempre que las empresas cumplan ciertos requisitos.

En la subcontratación de personal, el contratista deberá informar al SAT la cantidad del impuesto que le trasladó en específico a cada uno de sus clientes y el que pagó en la declaración mensual respectiva.

 Durante el ejercicio de inicio de actividades y el siguiente, la proporción del IVA acreditable para cada mes se calculará con los datos correspondientes al periodo comprendido desde el mes en el que se iniciaron las funciones y hasta por el que se calcula el tributo acreditable. El IVA de inversiones puede ser sujeto a un ajuste.



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sábado, 3 de diciembre de 2016

LAS DUDAS MÁS COMÚNES SOBRE NÓMINAS 2017 primera parte

¿Sabías que, a partir del 1ro de enero del 2017 el CFDI de la nómina SAT va a cambiar?

Estos cambios fueron establecidos en la Resolución Miscelánea Fiscal para el 2017teniendo como objetivo obtener más información sobre lo que se paga en cualquier tipo de empresa de México.
Al platicar con algunos colegas me di cuenta que existen muchas Preguntas Referentes a la Nómina que actualmente se lleva en las empresas, pero, si no entendemos el tipo de nómina que generamos en la actualidad
¿Cómo adoptarán las empresas un nuevo modelo para generar su nómina en el 2017?
Por ese motivo, aquí te dejo las preguntas más comunes referentes a la nómina en las empresas:
1.-Tributo en el RIF y tengo trabajadores ¿cómo puedo emitir los comprobantes de la nómina que pago?
R.- A través de la aplicación Mis Cuentas, dando click en Factura fácil - Generar factura - Nómina
2.-¿Qué necesito para emitir la factura electrónica de nómina a mis trabajadores en la aplicación Mis cuentas?
R.-
·      RFC y contraseña o firma electrónica
·      RFC de los trabajadores
·      Estar inscrito y contar con tu registro patronal
·      Contar con la prima de riesgo de trabajo asignada de acuerdo con tu actividad.
·      Previa alta de tus trabajadores y contar con su número de seguro social.
3.-¿Es necesario editar los datos del registro patronal y prima de riesgo de trabajo cada vez que ingrese en la aplicación?
R.- No es necesario, la aplicación Mis Cuentas tiene la capacidad de guardar los datos que se capturan al ingresar por primera vez.













4.-¿Qué debo hacer al contratar un nuevo trabajador y quiero registrarlo en Mis Cuentas?
R.- Con tu RFC ingresa a Mis Cuentas - Mi información - Trabajadores - Agregar trabajador, ahí deberás de capturar su RFC y dar click en buscar para que se valide que está inscrito en el RFC, luego ingresarás los siguientes datos:
·      Nombre del trabajador
·      CURP
·      Número de seguridad social
·      Fecha de ingreso
·      Pago de la nómina (semanal o quincenal)
·      Forma de pago
·      Salario diario
y por último dar click en guardar
5.-Soy una persona física, tengo un negocio y dos trabajadores a mi servicios desde enero del 2014 ¿puedo utilizar Mis cuentas para generar facturas electrónicas de nómina?
R.- Siempre y cuando obtengas ingresos por:
·      Actividades Empresariales y Profesionales
·      Régimen de Incorporación Fiscal
·      Arrendamiento
·      Actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras
·      Otorgues los conceptos mínimos a los trabajadores establecidos en la Ley Federal del Trabajo: 15 días de aguinaldo, 6 días de vacaciones y 25% de prima vacacional.
·      Realices el pago de sueldos y salarios de manera semanal o quincenal.
6.-Soy RIF ¿Cómo puedo obtener la Cédula de Identificación Fiscal?

R.- En la página de inicio del portal del SAT ingresa a Trámites - RFC - Servicios - Cédula de Identificación Fiscal, ahí deberás proporcionar tu RFC y contraseña, da click en enviar y por último selecciona Generar CIF - Imprimir o Descargar.
FUENTE CLICK BALANCE
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LAS DUDAS MÁS COMÚNES SOBRE NÓMINAS 2017 segunda parte

¿Sabías que, a partir del 1ro de enero del 2017 el CFDI de la nómina SAT va a cambiar?

Estos cambios fueron establecidos en la Resolución Miscelánea Fiscal para el 2017teniendo como objetivo obtener más información sobre lo que se paga en cualquier tipo de empresa de México.
Al platicar con algunos colegas me di cuenta que existen muchas Preguntas Referentes a la Nómina que actualmente se lleva en las empresas, pero, si no entendemos el tipo de nómina que generamos en la actualidad
¿Cómo adoptarán las empresas un nuevo modelo para generar su nómina en el 2017?
Por ese motivo, aquí te dejo las preguntas más comunes referentes a la nómina en las empresas:
7.-¿Qué es el registro patronal?
R.- Es un dato proporcionado por el IMSS al momento de afiliarte como patrón, para obtener más información entra a www.imss.gob.mx
8.-¿Cómo obtengo mi registro patronal?
R.- Primeramente debes de realizar tu prerregistro patronal en el portal de internet del IMSS, una vez capturada la información que te solicitan se generará un acuse de recibo que contiene los datos que capturaste con anterioridad, folio de registro y una cita para que asistas a las oficinas del IMSS para que puedas concluir tu inscripción.
Al acudir a la cita deberás presentar los siguientes documentos:
·      RFC
·      Comprobante de domicilio del centro de trabajo
·      Identificación oficial
·      CURP
9.-¿Cuáles son los requisitos para aplicar la disminución a las cuotas obrero-patronales?
R.-
·      Ser tributante del RIF
·      Haber presentado la DIM, anexo 1, a más tardar el 15 de febrero de 2014, en caso de estar obligado a ello.
·      Que no cuente con registro patronal asociado a su RFC que haya causado baja como no localizado.
·      No haber cotizado en el seguro social o aportado al fondo nacional de la vivienda para los trabajadores durante los veinticuatro meses previos a la fecha de presentación de la disminución al pago de las cuotas obrero-patronales.
Si cumples con lo anterior en la aplicación Mis cuentas - Mi información - Nómina selecciona el campo “ ¿Cumples con los requisitos para aplicar la disminución a las cuotas obrero-patronales?”
10.-¿Cómo determino el salario diario que le corresponde a mi trabajador si le pago semanalmente 1,200 pesos?
R.- Divide el pago correspondiente entre siete, cuando es semanal.

11.-¿Como determino el salario diario que le corresponde a mi trabajador si le pago quincenalmente 2,400 pesos?
R.- Divide el pago correspondiente entre quince, ya que es quincenal.

12.-¿Cómo determina la aplicación Mis cuentas el salario diario integrado?
R.- Multiplicando el salario diario que les pagas a tu trabajador por el factor de 1.0452 que corresponde a las prestaciones mínimas de la Ley Federal del Trabajo.

En fin, estas son solo algunas de las preguntas más comunes al llevar tu nómina con el SAT, recuerda que en enero del 2017 entrará en vigor los nuevos campos que se tendrán que anexar a tu CFDI Nómina.

FUENTE CLICK BALANCE
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COMO SE CANCELAN LAS FACTURAS A PARTIR DEL 2017

El motivo de la autoridad para regular la cancelación de una factura electrónica tiene que ver con lo siguiente:

El SAT ha detectado que diversos contribuyentes emisores de comprobantes fiscales digitales por Internet los cancelan de manera unilateral con diversas finalidades, entre ellas, la de no acumular como ingreso para efectos del impuesto sobre la renta la cantidad facturada, lo que puede ocasionar efectos fiscales no deseados a las personas a favor de quienes se expiden dichos comprobantes, tales como la imposibilidad de efectuar la deducción de los gastos o el acreditamiento de los impuestos respectivos. (extracto reforma fiscal 2017).

Porqué cancelar una Factura Electrónica?

Existen varios motivos por los cuales un contribuyente necesita cancelar un CFDI o Factura Electrónica. A continuación mencionamos algunos de los casos más comunes:
  1. Error en datos fiscales (RFC, domicilio, nombre o razón social)
  2. Error en forma o método de pago (contado, parcialidad, efectivo, transferencia)
  3. No poner los 4 últimos dígitos (no obligatorio)
  4. Error en los montos (facturar de más o de menos)
  5. No pago de la Factura Electrónica (principal motivo de cancelación)
  6. Productos y Servicios (error en el concepto)
  7. Impuestos aplicables en la factura electrónica
  8. Condiciones de pago diferentes a las autorizadas por la empresa.
Mención especial: El punto número 5 ha generado mucho revuelo entre los contribuyentes. Ya que lo consideran injusto, porque aparte de solicitar el pago de la factura y no obtener la remuneración por parte del cliente; debe solicitar todavía autorización por parte del cliente incumplido para la cancelación del comprobante.
Pueden existir más de estos errores que requieran la cancelación de un CFDI, por eso te invito a dejar algún otro motivo de cancelación de un CFDI en la sección de comentarios.

Procedimiento para la cancelación de un CFDI 

Aún falta que el SAT defina cuál es el proceso para la cancelación de una factura electrónica a partir de 2017, pero hay que ir más allá de la simple acción de cancelar un CFDI.
La modificación al articulo 29-A del CFF para 2017, menciona lo siguiente:
Artículo 29-A (CFF 2017). Los comprobantes fiscales digitales a que se refiere el artículo 29 de este Código, deberán contener los siguientes requisitos:

Los comprobantes fiscales digitales por Internet sólo podrán cancelarse cuando la persona a favor de quien se expidan acepte su cancelación.

El Servicio de Administración Tributaria, mediante reglas de carácter general, establecerá la forma y los medios en los que se deberá manifestar dicha aceptación.Por eso nos dimos a la tarea de imaginar cómo serán las reglas que el SAT implementará.
¿Cuál sería el medio de comunicación entre el contribuyente emisor y el receptor? ¿Se establecerán tiempos para el vencimiento de algún aviso? ¿Sabría el receptor que el emisor solicita la cancelación?
¿Te recuerda a algo? ¡Nos suena a Buzón Tributario para todos!
El buzón tributario es el método implementado por el SAT para comunicarse directamente con el contribuyente, el cual según la última estadística del IMCP (oct 2016) son 2 millones los contribuyentes que lo utilizan (muy pocos la verdad).
La herramienta busca el poder emitir requerimientos a los contribuyentes, sin tener que recurrir a la típica visita domiciliaria. Por lo que es de suponer que el uso del Buzón Tributario es la mejor opción para el SAT de hacer llegar diferentes anuncios (requerimientos) a los contribuyentes.
Son 26 millones los contribuyentes (sin considerar a asalariados) que emiten Facturas Electrónicas y susceptibles a necesitar Cancelar un CFDI en 2017.
Si el SAT busca que los contribuyentes se den de alta en el Buzón Tributario por sí solos con la “ventaja” de poder recibir sus requerimientos más rápido, podríamos considerar que buscará la “necesidad” de tener el Buzón Tributario para poder cancelar los Comprobantes Fiscales Digitales a partir de 2017.
Por la sencilla razón de que es el método idóneo para que un contribuyente le avise a otro contribuyente que necesita cancelar un CFDI, para ampararse con el SAT según la nueva disposición del CFF en 2017. Como estable el nuevo articulo 29-A de la Ley del Impuesto Sobre la Renta para 2017, que el SAT deberá establecer la forma y los medios en los que se deberá manifestar dicha aceptación
¿A partir de cuándo no puedo cancelar un CFDI?
El no poder cancelar una factura electrónica o CFDI, no entrará en vigor el 1ro de enero de 2017. Aunque el articulo 29-A del CFF para 2017 ya menciona que los CFDI`s se deberán cancelar siempre y cuando el receptor del mismo autorice la cancelación.
Pero en el articulo sexto transitorio del código Fiscal de la Federación, menciona que no será hasta el 1 de mayo de 2017cuando ya no se pueda cancelar un CFDI sin el consentimiento del receptor.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN

Artículo Sexto.- En relación con las modificaciones a las que se refiere el Artículo Quinto de este Decreto, se estará a lo siguiente:
  1. La adición de los párrafos cuarto y quinto del artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación, entrará en vigor el 1 de mayo de 2017.
Recomendación:
Si el 1ro de mayo de 2017 no puedes cancelar una factura, como recomendación sería emitir una nota de crédito por esa factura y si es en el mismo mes de emisión mejor (aplicable en algunos casos). Ya que la cancelación de una factura al parecer, supone para el SAT querer borrar la acumulación de ingresos tajantemente. Pero si contamos con evidencia del porque emitimos una nota de crédito, podremos considerarla como una buena opción.
Por ultimo te recomiendo darte de alta a nuestro boletín, para mantenerte alerta sobre este y otros cambios que vayan surgiendo en el ámbito fiscal, laboral o de seguridad social en México.

FUENTE: CONTADOR MX

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viernes, 2 de diciembre de 2016

Aumentan el salario mínimo a 80.04 pesos para 2017

El Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (Conasami) acordó por unanimidad otorgar un aumento de 4.00 pesos diarios al salario mínimo general.
En un comunicado, destacó el consejo que el objeto del aumento es “apoyar la recuperación, única y exclusivamente, de los trabajadores asalariados que perciben el salario mínimo general”.

La Consamai destacó que este incremento no pudo realizarse antes porque en el transcurso del año se presentaron diversos acontecimientos económicos como el referéndum en el Reino Unido, en el que la mayoría de los británicos voto a favor de abandonar la Unión Europea, expectativas de regularización de la política monetaria en los Estados Unidos de Norteamérica, resultado de la elección presidencial en ese país, entre otras cosas.
Lo anterior, añadió, impidió llevarlo a 77.04 pesos diarios.

“Ahora, en la presente fijación salarial con esta referencia del monto del salario mínimo, el Consejo de Representantes acordó otorgar un incremento de fijación de 3.9%, con lo cual el salario mínimo general que entrará en vigor el 1 de enero 2017 será 80.04 pesos diarios”.




FACTURACIÓN ELECTRÓNICA
MAESTRÍA EN IMPUESTOS
DEVOLUCIÓN DE IMPUESTOS

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martes, 29 de noviembre de 2016

RIF o SAS, ¿cuál elegir?

De acuerdo con la SE solo algunos tipos de negocios que pertenezcan a ese régimen fiscal podrán llegar constituirse como Sociedades Simplificadas

Hacer crecer un negocio, empezarlo desde abajo y observar su ascenso es el objetivo de muchos mexicanos que inician como emprendedores, sin embargo no todos podrán llegar a ver como su comercio se transforma en un organismo capaz de sustentarse por sí mismo. Actualmente existen diferentes modelos de ayuda para los nuevos empresarios e incluso para los que solo tienen como meta iniciar un “changarro”, pero, ¿qué pasa si tu tiendita quiere ir más allá de ese modelo?

Existen segmentos para todo tipo de negocios, en este momento hay un sector comercial que va enfocado al Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), mientras que existen otros que su objetivo será partir de una Sociedad por Acciones Simplificadas (SAS) u otro tipo de sociedades, mencionó la directora general de normativa mercantil de la Secretaría de Economía, Elsa Regina Ayala Gómez.
“Tenemos que partir de la naturaleza del negocio, no todo negocio o comercio requiere ser una empresa, eso es un mito, no sé porque todo mundo cree que lo que buscamos es crear muchas empresas, no necesariamente, por eso la figura del RIF con las características que tiene atiende justo a ese sector que es justo el negocio como la tienda de abarrotes”, enfatizó la funcionaria.
Asimismo, aclaró que no necesariamente están excluidos los “changarros” del modelo SAS, ya que si las tienditas inician un modelo de estabilización y se desea comenzar una cadena de abarrotes, entonces ahí se podrá constituir como una empresa pequeña para controlar los negocios de mejor manera.
Por otra parte, señaló que las SAS no son solo un esquema de facilitación de apertura de empresas, sino una política pública integral dirigida a las Pymes que son quienes soportan la economía del país.
“Si bien facilita el proceso de apertura, lo hace electrónico, sin federatario y a menores costos, también permite que haya autoridades que compartan información en tiempo real y eso le da mayor certeza a las propias operaciones comerciales”, precisó.
En tres semanas que lleva en operación la plataforma existen más de mil empresas constituidas de las cuales el 67% son conformadas por múltiples socios y el 33% restantes son empresas de un solo accionista, lo que deja en claro la necesidad que había en ese sector de crear a las SAS, puntualizó la directiva.

Fuente: IDC


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SAT podría generar monedero electrónico

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México es el único país que utiliza los monederos electrónicos como un incentivo para la fácil facturación y cumplimiento de obligaciones fiscales, reveló el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Hasta el momento el uso del monedero electrónico sólo se considera como un elemento que facilita la comprobación fiscal; de acuerdo con lo establecido en la Ley del Impuesto sobre la Renta (en el artículo 27), estos elementos permiten la deducción por la adquisición de combustible y despensa, así como las comisiones y otros cargos.

En su estudio “Comparativo de lotería fiscal y monederos electrónicos”, el organismo recaudador expuso que aunque hasta el momento no se ha operado un sistema masivo de manejo de monederos electrónicos, se debería establecer un sistema informático universal que acumule puntos para que puedan ser canjeados en cualquier establecimiento.

Para ello sería necesario que en conjunto con la Subsecretaría de Ingresos, se estableciera el monto destinado a los reembolsos, caducidad de los puntos, y el mecanismo de canjeo de éstos.

Consideró que la ventaja de los monederos electrónicos es que permiten rastrear las transacciones realizadas (montos y establecimientos), y así se puede tener un mejor control del saldo, ya que cada operación señala el momento de recursos disponible, sin que éste pueda ser excedido como es el caso de algunas tarjetas de crédito.

“Estas características permiten la trazabilidad de las operaciones y con ello un mayor flujo de información para el SAT”, destacó.

La autoridad fiscal dijo que no obstante que el SAT apoya el uso de medios electrónicos como medio de pago, su uso generalizado requiere de un marco legal que regule y estandarice su uso.

Contempló que sería necesaria la adecuación de leyes del sistema financiero y de aquellas que incentiven a las empresas a acumular los puntos fiscales; así como obstáculos administrativos (manejo del sistema de puntos).

“Sería necesario realizar o generar adecuaciones al marco legal del sistema financiero, hacendario, para incorporar el instrumento; además de reglamentar (incentivar fiscalmente) que los contribuyentes emisores registren los puntos acumulados en un sistema universal”, dijo la autoridad fiscal.

El SAT aseguró que los esquemas de monederos electrónicos tienen diversas ventajas sobre ciertas transacciones, como la seguridad y trazabilidad de las operaciones; no obstante, para efectos de incentivar la solicitud de facturas, no es el mecanismo más eficiente, ya que sería necesario una terminal punto de venta en cada establecimiento.
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