Si
trabajas por honorarios y tienes varios clientes en tu cartera y además
desempeñas diferentes actividades a lo largo del día, debes tomar en cuenta los
nuevos catálogos sobre la factura versión 3.3 con las claves de los servicios.
Si
eres un profesionista por
honorarios y tienes varios clientes en tu cartera, debes saber que entre tus obligaciones fiscales está emitir
facturas y con la entrada en vigor de la versión
3.3, es vital que revises los nuevos catálogos con las
claves de los productos y/o servicios que se relacionan con tu trabajo.
La
identificación de la clave de producto y servicio corresponde al emisor del
comprobante, dado que es quien conoce la naturaleza y las características del
bien amparado por la factura.
Si se registra una clave de producto o servicio que no se asemeje ni tenga relación en sus características a lo que se va a facturar, por no haber encontrado una clave específica, dicha situación no será motivo de sanción hasta ahora, salvo en casos de notoria y evidente incongruencia entre lo facturado y la clave registrada.
Por ejemplo, puede ser el caso de una enfermera que se registró con la clave 82101500 que corresponde a “Publicidad impresa”, en realidad está profesionista tuvo un error en la clave y lo correcto debe ser 85101601 que es la actividad de cuidado de personas enfermas en sus domicilios catalogada como “Servicio de enfermería”.
Ubaldo Díaz, integrante de la Comisión de Investigación Fiscal del Colegio de Contadores Públicos, indicó que lo primero que deben hacer las personas que están por honorarios es comprobar que estén debidamente dadas de alta en el SAT y con la actividad que realizan, ya que hay casos en que en realidad son personas que están por el régimen de salarios.
Si eres profesionista que desempeña diferentes actividades, por ejemplo un médico que da consultas por la mañana y en la tarde da clases, el SAT no prohíbe realizar varias actividades, lo que le pide a la persona es que registre adecuadamente cada una de ellas.
“Precisamente eso tiene la nueva factura electrónica, que se clasifiquen las actividades y lo que le corresponde al contribuyente es llenar lo que está haciendo adecuadamente con los catálogos. El SAT pregunta en cada llenado de factura qué es lo que hiciste en determinada ocasión, la factura es una vía para documentar lo más cercano a qué actividades estás realizando”, explicó.
Díaz
Ibarra sugirió a los profesionistas revisar en la página de Internet del SAT,
donde facilitó la emisión de facturas electrónicas para aquellos que no quieran pagar un proveedor, aunque sí emites muchas facturas, es recomendable que
busques a uno de los 70 proveedores autorizados.
Advirtió que de no migrar a la nueva factura, ya no podrás emitir pues la versión 3.3 es la única que prevalecerá, “no hay forma de evitar la factura electrónica, si no migras tus comprobantes fiscales no tendrán efecto para la autoridad fiscal y no serían gastos deducibles”.
Fuente:
elfinanciero
www.elfiscalista.com
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