jueves, 29 de junio de 2017

Ajuste a los catálogos del CFDI 3.3


Se actualizan las claves para agregar datos al comprobante del Anexo 20, además de cambios para el de nómina

El SAT dio a conocer en su portal la actualización de los catálogos para incorporar información al Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) en la versión 3.3; a continuación se enuncian los cambios.


Concepto
Comentario
Forma de pago
Incorpora la clave ‘30’ “Aplicación de Anticipos”
Método de pago
Elimina la clave PIP’ “Pago Inicial y Parcialidades”
Tipo de relación
Adiciona la clave 07 “CFDI por Aplicación de Anticipo”
Clave de unidad
Incluye claves vinculadas a la forma de empacar, las marcadas como borradas en el listado de la UNECE y que solo se tienen como referencia, y las no recomendadas para uso a nivel internacional









Anexo 20 

En el siguiente enlace podrás descargar la lista de las claves actualizadas dentro del documento Excel y en la pestaña “Clave unidad” identificarlas por fecha de incorporación.

CFDI de nómina

Concepto
Observación
Bancos
Agrega 15 claves para distintas instituciones de crédito
Riesgo de puesto
Añade la clave 99 “No aplica”






Es importante tener presente los ajustes descritos, para el correcto llenado de los campos del CFDI y evitar posibles contingencias con el fisco.

Fuente: idconline.mx

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miércoles, 28 de junio de 2017

7 Beneficios de adoptar el CFDI versión 3.3 a partir del 1ro de Julio de 2017 (según el SAT)


Si crees que no hay beneficios en el manejo del CFDI 3.3, puede que tengas razón. El uso del CFDI en su versión 3.3 será opcional a partir del 1ro de julio de 2017 y obligatorio a partir del 1ro de diciembre del mismo año.
Los beneficios los observaremos en la práctica, por ese motivo es recomendable ir implementando a partir del 1ro de julio de 2017 el uso del CFDI 3.3.

Beneficios del Uso del CFDI 3.3

El SAT enlisto en su infografía los beneficios de adoptar la nueva version del CFDI 3.3, esta fue publicada en su cuenta de twitter; nos dimos a la tarea de enlistar y dejar nuestro punto de vista en cada beneficio que se menciona.

1.- Válidas Automáticamente el RFC de tus clientes y evitas errores

Con la entrada del nuevo CFDI el PAC debe validar antes de timbrar, que el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) del receptor esté dado de alta en el SAT y así evitar errores de emisión.

2.- Simplificas la emisión de facturas y la conciliación de pagos.

Este punto en específico, creo que no es correcta la apreciación de la autoridad. Ya que el CFDI 3.3 incorpora mas campos a llenar y mas catalogos a considerar.

3.- Ofreces a tus clientes facturas con mayor detalle

Se utilizará el nuevo “Catálogo de Productos y Servicios” el cual tiene la clave que se le asignará a cada operación facturada. Esta tarea será ardua por parte del emisor y al que más beneficia es al SAT; ahora tendrá la información cuáles son los productos y servicios en lugar de ellos tratar de deducir el concepto del mismo.

4.- Evitas la cancelación de facturas que han sido pagadas.

La cancelación del CFDI por medio del buzón tributario no es un beneficio por adoptar el CFDI 3.3, simplemente será obligatorio a partir de 2018 y estaremos al pendiente de los si es un beneficio en la practica.

5.- Al emitir y recibir facturas, tu contabilidad y tus declaraciones serán más simples.

Este beneficio podría llegar a ser el más importante, solo si tu sistema contable se adapta a los cambios tecnológicos y considera la información que contendrá el CFDI version 3.3.


6.- Ya no presentarás declaración informativa.
Aun no es oficial pero como pasó con el Complemento de la Nómina 1.2, la declaración informativa de operaciones con terceros DIOT podría dejar de enviarse por el simple motivo de que el SAT ya cuenta con la información suficiente para cruzar la información y determinar impuestos.

7.- Colaboras en la automatización de procesos entre contribuyentes y SAT.

Eso sí, le ayudaras al SAT a cruzar información entre emisores y receptores de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet. Si pensabas que con la contabilidad electrónica era suficiente, ahora con el envío de la información contenida en el CFDI 3.3 el archivo del contribuyente estará completo en la base de datos del SAT.

Conclusión

Lo que sí es seguro es que el uso del CFDI aporte beneficios fiscales y cierra aún más la brecha de la defraudación fiscal, el cambio es muy importante y el esfuerzo estará del lado del contribuyente.

Fuente:ContadorMX

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sábado, 17 de junio de 2017

SAT detalló cambios del CFDI



Este organismo utiliza las herramientas tecnológicas para dar a conocer lo nuevo del CFDI.
Últimamente el SAT ha difundido en su página de Internet, a través de videos, información del nuevo esquema del CFDI. Entre los aspectos que ha destacado la autoridad están los siguientes:

Anexo 20 (versión 3.3)


·         Existe mayor coherencia entre la información de los CFDI´s y los conceptos registrados
·         en cuanto a la precisión sobre el uso que le dará el cliente al CFDI y el manifestado por este al proveedor; se indica que su incumplimiento no implica la cancelación del comprobante, y es obligatoria la clave de confirmación por el PAC en los CFDI´s cuyo monto sea superior a 100 millones.


Recepción de pagos


  • ·         Facilita la conciliación de la factura con los pagos.
  • ·         detalla la cantidad que se paga e identifica la factura que se liquida.
  • ·         cumple con el requisito de registrar la forma de pago en la factura, y
  • ·         evita la cancelación de la facturas que ya han sido pagadas. 


Anticipos


·         En la facturación de CFDI, en donde se aplique un anticipo, se menciona que:
o        se debe emitir un comprobante por el valor del anticipo recibido.

o       Cuando se dé la contraprestación, se emitirá un CFDI por el valor total de esta y conjuntamente se expedirá un CFDI de tipo “egreso” para aplicar el anticipo a la factura de la contraprestación.

·        En la facturación del CFDI en donde se aplique un anticipo con remanente de la contraprestación se debe expedir  otro por el:

o        valor del anticipo recibido, y remanente de la contraprestación relacionando al anticipo recibido. 


Fuente: idconline.mx

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viernes, 16 de junio de 2017

SERÁ OBLIGATORIA LA FACTURA ELECTRÓNICA PARA TENENCIA, AGUA Y PREDIAL: SAT



A partir del primero de diciembre, para pagar la tenencia, el predial y el agua se tendrá que emitir factura electrónica, informa el Servicio de Administración Tributaria.

El administrador general de Servicios al Contribuyente, Adrián Guarneros, señala que además de que todos los entes públicos de los tres órdenes de gobierno tendrán que cumplir con esta obligación, deberán hacerlo bajo la nueva versión 3.3.

Sin embargo, refiere que el SAT permitirá un periodo de convivencia entre la actual versión 3.2 y la nueva a partir del primero de julio y noviembre para aquellos que ya estén listos.


Fuente: www.notisistema.com                                                               

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