viernes, 31 de marzo de 2017

ARRECIA SAT VIGILANCIA DE DEPÓSITOS BANCARIOS

Se ha disparado el envío de reportes a contribuyentes para que paguen impuestos tras depositar efectivo en sus cuentas



El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha incrementado la vigilancia sobre los depósitos bancarios, lo que ha derivado en el envío masivo de cartas a los contribuyentes para que paguen los impuestos correspondientes.

La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) dio a conocer que se han duplicado las quejas contra el SAT por esta razón.
Alfredo Serrano Yáñez, delegado en Tamaulipas de la Procuraduría, explicó que en relación al mismo periodo del primero de enero del 2016 al 20 de marzo del 2017
se han brindado 110 asesorías y 52 quejas más que en el mismo periodo del 2016, donde se había otorgado 527 asesorías y 134 quejas, respectivamente.

La dependencia informó que son los bancos quienes reportan al fisco todos los depósitos bancarios que podrían ser susceptibles de pagar impuestos, y a partir de ese momento el SAT empieza su labor de rastreo.

En algunos casos, el fisco propone al contribuyente la modalidad de pagar en mensualidades los impuestos que se generen.

Por otra parte, resaltó que otros de los casos más frecuentes de quejas ante este organismo, son la cancelación del sello digital.

Esta facultad que está aplicando el Servicio de Administración Tributaria consiste en bloquear de manera electrónica la posibilidad de que los contribuyentes generen comprobantes fiscales digitales por la no localización del contribuyente en su domicilio fiscal durante una auditoría o con motivo del cobro de créditos fiscales, entre otros, tales como la calificación del domicilio fiscal cuando no reúne las características para la actividad del contribuyente en estos casos y atendiendo al tipo de irregularidad puede ser ordenada la cancelación por parte de las áreas de recaudación y auditoría fiscal.

Al respecto la delegación Tamaulipas recomienda a los contribuyentes que se acerquen para asesorarlos desde que reciban algún comunicado por parte del SAT, y que una vez presentados los casos de aclaración, inmediatamente soliciten la intervención por parte de PRODECON para agilizar el proceso de respuesta y con ello obtener con mayor prontitud la solución a la problemática.

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jueves, 30 de marzo de 2017

Tiene ya SAT información sobre discrepancias fiscales

A través del instrumento denominado DeclaraSAT el contribuyente podrá encontrar todas las facturas solicitadas de productos y servicios pedidos a los negocios a los cuales acudió en el 2016


Usted como contribuyente está sujeto a la revisión profunda que aplica el Servicio de Administración Tributaria (SAT), de manera que si compró un tornillo y por ese artículo pidió factura y va a presentar declaración, la información está cargada ya en su historial fiscal en poder del SAT.

A través del instrumento denominado DeclaraSAT, al cual accede a través de un código o su firma electrónica, el contribuyente podrá encontrar todas las facturas solicitadas de productos y servicios pedidos a los negocios a los cuales acudió en el 2016.

De este modo usted como contribuyente tiene un expediente digital creado por la autoridad hacendaria, con información precargada en donde aparece la fecha, monto, proveedor y concepto, de manera tal que se cuenta con cada una de las facturas solicitadas en lo personal, y aparecen todos los gastos realizados del ejercicio 2016.

Para que el contribuyente escoja cuáles gastos van a entrar en su declaración, y no se habla de desembolsos personales, como son los gastos médicos hospitalarios, prima de seguros de gastos médicos, éstos ya están establecidos, pero de todo lo que se pidió factura aparece en el expediente digital que el SAT ya tiene de usted.

Ahora, la autoridad fiscalizadora conoce gastos e ingresos absolutos realizados u obtenidos en 2016, al hacer una comparación de gastos contra lo manifestado en ingresos, si hay una discrepancia, la autoridad hacendaria ya posee un motivo para requerir a los contribuyentes, es decir, ya tiene la información para detectar la discrepancia fiscal y ser auditado.


Fuente: El diario
                                             
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martes, 28 de marzo de 2017

El SAT reduce margen de maniobra a la evasión fiscal




La versión 3.3 sacará del mercado a evasores de impuestos a partir de julio.
Buscando prevenir delitos como fraudes y compra venta de facturas, el SAT impone nuevas reglas para la factura electrónica con la versión 3.3 que sacará del mercado a los evasores de impuestos de un momento a otro a partir de julio de 2017.
Para lograrlo dispuso que los Proveedores Autorizados en Certificación (PAC), no puedan timbrar si el RFC de la persona a la que le hacen la factura no está dado de alta en su padrón, y aplica también para quienes tienen un RFC no actualizado.
Los cambios requeridos de igual forma tienen como objetivo unificar la factura, es decir,  que no existan textos abiertos sino que todo sea a través de catálogos, advierte Yamilee Davalos Rosillo, gerente de Facturador Contable en Factuador.com.
El contribuyente puede describir su actividad, producto o servicio como quiera pero se debe asemejar a una de las descripciones en el catálogo del SAT que se compone por más o menos 60 mil productos y contempla una gran variedad de actividades incluyendo las más raras como la venta a perros vivos o muertos, por mencionar algunos.
“Con estos cambios el propio contribuyente se hizo una auditoría”, admite la experta para quien la precisión al momento de elaborar una factura es importante, sobre todo al rellenar el campo nuevo denominado “uso de CFDI”, donde el contribuyente debe describir para que se está usando, si se va a comprar equipo de cómputo, adquisición de materiales, etc.
Los contribuyentes tienen que ser “súper precisos en la información”, por ejemplo, el cliente debe emitir una factura que especifique qué es una factura de ingreso que se uso para adquirir un equipo de cómputo y  que el producto está en el catalogo del SAT.
“Nos está obligando a llevar una contabilidad en línea muy estricta para que la balanza de comprobación sea mucho más legible para ellos y la auditoría  sea mucho más rápida”.
En Facturador.com están haciendo cambios para hacer que la plataforma sea intuitiva y fácil lo mismo para timbrado de nómina que en contabilidad electrónica, pero además, buscan acercarse a sus clientes a través de talleres de información que resuelvan sus dudas y usando webinar “lo hacemos para asegurarnos que el cliente sabe cómo llenar su CFDI”.
La aclaración vale mucho tomando en cuenta que ahora se encuentra mucha mala información en las redes sociales, en las que algunos proveedores sugieren a las Pymes no preocuparse por los cambios y dejar todo en manos del PAC.
 “Lo cual es cierto el PAC aplica los cambios, pero el cliente debe saber cómo llenar los campos y eso se lo decimos nosotros. Esa es la diferencia con Facturador.com. Nuestros contadores tienen cercanía con sus clientes mientras otros solo les envían el catálogo y el manual del uso de CFDI para que se las arreglen como puedan”, concluye. 
FUENTE  SDPnoticias.com



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lunes, 27 de marzo de 2017

Factura electrónica, la mejor herramienta contra la evasión




La factura electrónica ha sido una herramienta fuerte para la fiscalización que realiza el SAT, sobre todo para detectar y combatir la evasión fiscal por medio de operaciones simuladas.
La factura electrónica ha sido una herramienta fuerte para la fiscalización que realiza el Servicio de Administración Tributaria (SAT), sobre todo para detectar y combatir la evasión fiscal por medio de operaciones simuladas.
De acuerdo con cifras del SAT, de mediados del 2015 a la fecha, la evasión fiscal mediante el esquema de la simulación de operaciones comerciales creció 229%, al pasar de 90,720 millones de pesos a más de 298,000 millones pesos.
Si bien hay quienes interpretan estas cifras como una clara falla de la factura electrónica, al señalar que sus candados no han logrado frenar la evasión fiscal, “las cifras en realidad demuestran lo contrario”.
Al respecto, argumentó que, si bien el crecimiento en operaciones simuladas significa un aumento de este problema, también demuestra que hay una mayor capacidad de la autoridad fiscal para detectar dicho delito.
“Que exista un mayor porcentaje de operaciones comerciales simuladas de las que la autoridad tiene noción demuestra que, actualmente, se cuenta con un mayor rango de información que permite detectar cada vez más operaciones de este tipo y combatirlas”, afirmó.
Durante el 2014, el 2015 y mediados del 2016 en promedio se agregaban a la lista 37 contribuyentes al mes, pero —después de que se diera a conocer el caso del fraude fiscal del exgobernador de Veracruz, Javier Duarte, por medio de operaciones simuladas—, entre julio y diciembre del 2016 el promedio mensual creció a 238.
En lo que va del año el promedio mensual se incrementó a 464 nuevos cada mes.
Comentó que estos resultados hacen pensar que los procesos de inteligencia por parte de la autoridad para detectar contribuyentes que simulan operaciones se están mejorando día a día, y todo ello originado por el gran volumen de información contenida en los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet.
Otro punto importante es que sólo 34 de los 3,459 contribuyentes detectados al 15 de febrero del 2017 del total de presuntos simuladores han logrado desvirtuar la simulación de operaciones, es decir, 99% de contribuyentes que el SAT detecta como simuladores en realidad sí lo son y sólo es cuestión de tiempo para que caigan en la lista de definitivos.
Cabe destacar que una vez que el SAT detecta inconsistencias por las cuáles puede sospechar de operaciones simuladas comienza actos de fiscalización profundos en los que analiza la información fiscal del contribuyente y con base en ella desvirtúa o hace definitiva la publicación de RFC en la lista de operaciones simuladas.
“Se trata de una cacería en forma de red, pues al ser detectada una empresa que tenga operaciones simuladas con otra, se investigarán sus demás operaciones con el propósito de cobrar el monto real de impuestos, lo que permite incrementar la recaudación, e incluso tomar medidas penales cuando el caso lo amerite”, comentó.
No obstante, el principal problema señalado sobre los actos de fiscalización, radica en que pudieran ser muy rigurosos pues de acuerdo con la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, el SAT está pidiendo a los contribuyentes que acrediten la materialidad de las operaciones, situación que sería normal de no ser porque el cuestionario que aplica es demasiado concreto.


Reformasficales.com
                      


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sábado, 25 de marzo de 2017

¿Cómo recibir en tu cuenta bancaria tus devoluciones de impuestos?

La presentación de la declaración anual como la solicitud de devolución la podrás realizar hasta en cinco minutos según el SAT



Si eres exclusivamente empleado y no recibes intereses por más de 20 mil pesos de alguna cuenta o instrumento de inversión, estás exento de la obligación de presentar su declaración anual de personas físicas para el ejercicio de 2016 si así no lo deseas.
Sin embargo, si estás en este caso pero tienes deducciones (colegiaturas, gastos médicos, etcétera) que pueden arrojarte un saldo positivo en tu devolución, ahora puedes presentar esta declaración y hacer esta solicitud en cualquier momento del año cuando desees obtener este monto. Y en cinco días hábiles, asegura el SAT, podrás recibir tu dinero.
Tanto la presentación de la declaración anual, como la solicitud de devolución, la podrás realizar hasta en cinco minutos, según el Sistema de Administración Tributaria (SAT), a través de una plataforma simplificada que esta institución presentó como parte de las facilidades presentadas este año para la declaración anual de personas físicas del ejercicio 2016.
Esta herramienta te ofrecerá una declaración pre cargada con datos sobre tus ingresos, retenciones y deducciones, todo esto gracias a la información en tiempo real que proporcionan las facturas electrónicas.
En esta plataforma, también se te presentará una propuesta de devolución también prea probada, que si la aceptas, te será depositada en la cuenta que tienes registrada ante el SAT.
¿Cómo hacerlo?
1. Ingresa al sitio www.sat.gob.mx. Ahí localiza la pestaña “Información”. Selecciona la opción “Contraseña”. Si ya eres contribuyente, ahí encontrarás la manera de obtener la contraseña.
Necesitas tu RFC y tus archivos de la firma electrónica para lograrlo. De cualquier manera, hay un instructivo con el cual puedes hacerlo o restablecerla si la olvidaste.
2. Ya con la contraseña, en el mismo sitio, ve a la pestaña “Declaraciones” y busca la opción “Asalariados”. Te llevará a otra ventana en la que se te va a requerir tu RFC, (el cual es tu usuario) y tu contraseña, la cual será la palabra clave con la cual podrás ingresar a tu cuenta así como a los diferentes servicios que ofrece el SAT. Así podrás ingresar a tu sesión.
Ya en esta sesión estarán pre cargados todos los datos de tus ingresos, deducciones y retenciones.
3. Si no tienes dado de alta tu buzón tributario, se te preguntará si lo quieres dar de alta. Esta herramienta te permite estar al tanto de toda tu información y trámites que tengas con esta institución.
4. Además de esta información, podrás ver el detalle de tus deducciones junto con una propuesta de saldo a favor. Si quieres conocer cómo se determinó éste, hay un apartado que te permite conocer los detalles.
Se te preguntará si aceptas esta propuesta, y si lo haces, te mostrará los datos de la cuenta que el SAT tiene registrada como tuya. Ahí la confirmas y se te depositarán la devolución correspondiente en un plazo no mayor de cinco días hábiles.
CRÉDITOS: SUN / HID


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viernes, 24 de marzo de 2017

Conoce las nuevas facilidades para presentar la Declaración Anual Personas Físicas 2016


Presenta tu Declaración Anual y Hacienda te devuelve en 5 días.
La espera terminó, ¡la herramienta para presentar la Declaración Anual  ya está aquí! Y este año viene con un paquete de facilidades, gracias a que pediste factura durante todo 2016.
¿Recibes ingresos por salarios? En esta ocasión te presentamos una propuesta de declaración prellenada con tus ingresos, retenciones y deducciones, con un monto de saldo a favor preautorizado, así que solo tienes que revisarla y si estás de acuerdo, enviarla.
Además, si percibes tu salario de un solo patrón e incluso si tienes ingresos por intereses hasta por 20 mil pesos, no estás obligado a presentar la declaración, pero, aquí viene el giro interesante, si tuviste gastos deducibles puedes solicitar tu devolución en cualquier momento del año y recibir tu saldo a favor en 5 días.

Para presentar tu declaración solo necesitas tu contraseña, utiliza tu e. firma únicamente si tu saldo a favor es mayor a 50 mil pesos, declaras por primera vez o si vas a utilizar una cuenta bancaria que no hayas utilizado en declaraciones anteriores.
Otra facilidad es que si eres asalariado puedes declarar por teléfono si tus deducciones no están amparadas en más de 25 facturas y tu saldo a favor es menor a 10 mil pesos.
La fecha límite para que presentes tu Declaración Anual es el 30 de abril, pero por ser este día domingo, el plazo se recorre al martes 2 de mayo, de acuerdo al Artículo 12 del Código Fiscal de la Federación.
Autor

Servicio de Administración Tributaria

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jueves, 23 de marzo de 2017

Presenta SAT nuevas facilidades para que personas físicas presenten su Declaración Anual 2016



Presenta SAT nuevas facilidades para que personas físicas presenten su Declaración Anual 2016


Presenta SAT nuevas facilidades para que personas físicas presenten su Declaración Anual 2016
Autor
•    Quienes solamente obtuvieron salarios de un patrón, no están obligados a presentar la declaración; si desean obtener su devolución, pueden presentarla en cualquier momento del año.

•    Además, la podrán presentar vía telefónica si no deducen más de 25 facturas electrónicas y la e.firma solo se requerirá cuando sean saldos a favor mayores de 50,000 pesos
.

A partir de hoy está disponible en el portal del SAT la aplicación con la que las personas físicas pueden presentar su declaración anual 2016, del impuesto sobre la renta. Así lo dio a conocer la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT), en un evento en el que presentó a los medios de comunicación las facilidades que existen para cumplir con esta obligación fiscal.

En el evento, Osvaldo Santín Quiroz, Jefe del SAT, destacó que es el primer año que se presenta un paquete tan completo de facilidades, y que es posible gracias a la confianza de los contribuyentes y en virtud de las facturas que emitieron y recibieron en 2016, así como del uso de la tecnología como aliada para la productividad de la Institución, cuya misión es facilitar a los ciudadanos mexicanos que sí desean cumplir, al tiempo de vigilar a quienes deciden no hacerlo.

Este año se ofrece para los asalariados, una propuesta de declaración que ya contiene su información pre llenada, y en su caso, con un monto de saldo a favor, por lo que solo tienen que revisarla y si están de acuerdo, enviarla. También la podrán presentar vía telefónica si no deducen más de 25 facturas electrónicas.

Otras de las facilidades que presenta el SAT, es que los contribuyentes pueden enviar su declaración con contraseña; que se puede obtener o recuperar por internet, teléfono o SAT Móvil (a partir de la primera semana de abril); si se tiene saldo a cargo, se puede pagar hasta en 6 parcialidades; las líneas de captura se generan automáticamente; y desde DeclaraSAT se puede activar el Buzón Tributario para darle seguimiento al trámite de devolución.

En una demostración de la herramienta tecnológica, Lizandro Núñez Picazo, Administrador General de Recaudación, explicó la forma en que se puede usar, y detalló que el SAT ha tomado las previsiones necesarias para devolver el monto que corresponda por las deducciones presentadas, en un plazo de 3 a 5 días a partir del envío de la declaración.

Por su parte, Adrián Guarneros Tapia, Administrador General de Servicios al Contribuyente, detalló que las personas físicas que obtengan saldo a favor menor a 50 mil pesos sólo necesitarán su contraseña para que Hacienda les devuelva, siempre y cuando hayan solicitado con anterioridad una devolución y seleccionen la misma cuenta bancaria que ya tiene registrada el SAT.

En su intervención, Ernesto Luna Vargas, Administrador General de Auditoría Fiscal Federal, comentó que, a partir de este año, al día siguiente de presentar la declaración se podrá consultar el estatus en el Buzón Tributario y, en su caso, ahí mismo depositar documentos que falten para la devolución o ajustar la declaración.

Se recuerda que la fecha límite para que los contribuyentes obligados presenten su Declaración Anual es el 30 de abril, pero por ser este día domingo, el plazo se recorre al martes 2 de mayo, de acuerdo al Artículo 12 del Código Fiscal de la Federación.

Con estas facilidades se simplifica la presentación de la declaración para que las personas físicas puedan cumplir más fácil y más rápido.

En la presentación estuvo también Luis Fernando Cadena Barrera, administrador General de Comunicaciones y Tecnologías de la Información. Los funcionarios presentes son los responsables directos de la operación de la plataforma que se presenta para beneficio de los contribuyentes y de todo México.

Autor  Servicio de Administración Tributaria






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miércoles, 22 de marzo de 2017

DeclaraSAT 2017




La nueva versión del DeclaraSAT 2017 aún no está disponible en la página del SAT, con la herramienta electrónica DeclaraSAT 2017 podrás elaborar la Declaración Anual de Personas Físicas del ejercicio 2016 y anteriores. Si entras a la página del SAT para buscar la herramienta para hacer la declaración anual como persona física, te mostrará que no está disponible.
El SAT anunció en su página de Internet, que el 19 de marzo de 2017 estará disponible la nueva versión del DeclaraSAT 2017 para el envío de la declaración anual de personas físicas:

¿Que es el DeclaraSAT 2017?

El DeclaraSAT sirve para determinar el Impuesto Sobre la Renta a pagar del ejercicio o en su defecto el ISR a favor que resulte, el cual podrás solicitar en devolución. Las Personas Físicas con Actividad Empresarial, Profesional, Arrendamiento o de otros ingresos pueden utilizar esta herramienta electrónica del SAT.
A parte de la determinación del ISR Anual, se le envía al SAT información del IVA, estados de resultados y balance del contribuyente (en algunos casos).
Es importante considerar que la información enviada desde la aplicación DeclaraSAT 2017, debe estar amarrada con los datos que el SAT tiene en su poder como lo es la facturación electrónica (ingresos y egresos), DIOT (determinación del IVA), Deducciones Personales y Pagos provisionales de ISR efectuados con anterioridad.

Devoluciones Automáticas

Una de las novedades que anticipó el SAT en la modificación a la Resolución Miscelánea Fiscal 2017, fue que ahora podrán solicitar hasta 50 mil pesos en devolución automática desde el DeclaraSAT 2017 solo con la contraseña del SAT.
Si vas a solicitar una devolución automática de ISR y esta es superior a 50 mil pesos tienes que firmar la declaración con la FIEL o la e.firma. En dado caso de que ya hayas solicitado una devolución automática y el SAT tenga registrada tu cuenta CLABE, la declaración anual de persona física podrá ser enviada solo con la contraseña. Para más información puedes leer “Devolución Automatica de ISR solo con la Contraseña”

Deducciones Personales

Desde el año pasado las deducciones personales pueden ser precargadas en el DeclaraSAT para que el contribuyente pueda utilizarlas como deducciones personales. Es importante conocer cuales con las deducciones personales aplicables para evitar inconsistencias en el envío de la información y por ende una respuesta negativa por parte del SAT.

Asalariados

Si sólo presentas la declaración anual de Personas Físicas en el DeclaraSAT 2017 por recibir sueldos y salarios, el SAT tendrá prellenada la declaración y si estas de acuerdo con el calculo, solo tendras que ingresar tu cuenta CLABE de tu banco en dado caso de que obtengas un saldo a favor

Fuente: ContadorMx



  

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martes, 21 de marzo de 2017


Envía tu declaración anual antes del 31 de marzo



Si eres persona moral, aún estás a tiempo de verificar que las operaciones, registros, conciliaciones y demás obligaciones estén correctamente registrados y dar paso a la determinación del resultado fiscal del ejercicio y envío de la declaración anual respectiva.
Estos son los aspectos clave que debes tener listos previos a la declaración anual de personas
morales:

a) Comprobantes Fiscales y CFDI de nómina

Debes contar con todos los CFDI que hayamos emitido o hayan emitido tus proveedores.
También existen comprobantes fiscales de extranjeros que tenemos que recabar por lo que es necesario contar con ellos para poder deducir el gasto o inversión.
Si hay empleados en la empresa o negocio debes de considerar que no solo son los CFDI de las Nóminas los que debes de recabar, también debes de tener en tu poder los comprobantes fiscales de que genera el IMSS, Infonavit, comprobante del impuesto local sobre nómina y en general por los pagos correspondientes a las contribuciones relacionadas con la nómina, así como asegurarse que existan los contratos laborales vigentes.

b) Deducción de activos fijos

Es importante considerar la deducción de inversiones en activos fijos para deducirlos en el ISR generado del ejercicio.
Debes conocer también los activos que aún tienen vida útil para la empresa y que aún no se terminan de depreciar. Para conocer estos activos hay que tener un registro histórico de cada uno de ellos apoyándonos en nuestro sistema contable.

c) Impuestos pagados en el ejercicio

Es necesario poner atención en el ISR pagado durante el ejercicio que vayas a declarar ya que esos pagos los disminuirás del ISR anual. Debes de contar con los papeles de trabajo, pago referenciado del SAT y el comprobante de pago bancario.
Recuerda que también deberás presentar la información de los pagos mensuales del Impuesto al Valor Agregado (IVA) que hiciste en el ejercicio.

d) Prepara tu conciliación Contable-Fiscal

Conciliar las partidas contables y fiscales para determinar correctamente el resultado del ejercicio es muy importante.
La conciliación contable-fiscal considera, entre otras partidas, las que a continuación se mencionan:
  • Deducción de Inversiones
  • Deducción del Costo de ventas
  • Provisiones contables no fiscales
  • Se determina el ajuste anual por inflación

e) Pérdidas Fiscales

Si en ejercicios pasados generaste una perdida recuerda que puedes aplicarla en el siguiente ejercicio hasta que se agote, recuerda también que debes ir amortizando y actualizando estas pérdidas.

f) Estados Financieros

Algunos datos e información proveniente de la contabilidad y generados por nuestro sistema contable deben incluirse en la declaración anual, estos son los estados financieros que vas a necesitar:
  • Estado de situación Financiera: Deberás ingresar algunos datos de este estado financiero en la declaración anual.
  • Estado de Resultados: Este te ayudará a corroborar que el resultado contable sea el mismo que estás declarando y si presenta cambios respecto a la conciliación contable-fiscal, identifiques el origen de las mismas.

La clave para llevar a cabo un correcto cierre fiscal es tener un sistema contable confiable y toda la documentación soporte correspondiente a todas y cada una de las transacciones llevadas a cabo en el ejercicio.







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