EN DÓNDE SE REFLEJA EL SUBSIDIO PARA EL EMPLEO EN EL CFDI DE NÓMINA
Porqué es
importante que este dato conste en la comprobación del trabajador
Los trabajadores gozan del subsidio para el empleo
que se aplica contra el ISR que resulte a su cargo en los términos del artículo
96 de LISR.
No le es aplicable el subsidio para el empleo a los
ingresos percibidos por conceptos de primas de antigüedad, retiro e
indemnizaciones u otros pagos por separación (art. Décimo, LISR).
En los casos en que el ISR a cargo del
contribuyente sea menor que el subsidio para el empleo, el retenedor debe
entregar al contribuyente la diferencia que obtenga.
El patrón puede acreditar contra el ISR a su cargo
o del retenido a terceros, las cantidades que entregue a los contribuyentes.
Los ingresos que perciban los contribuyentes
derivados del subsidio para el empleo no son acumulables ni forman parte del
cálculo de la base gravable de cualquier otra contribución porque no son una
remuneración al trabajo personal subordinado.
Así en el CFDI de nómina, de acuerdo con la guía
de llenado, debe reflejarse el subsidio
para el empleo efectivamente entregado al trabajador en el campo
“TipoOtroPago” con la clave 002, en donde únicamente se contempla como dato
meramente informativo, tal y como se muestra en la siguiente lámina:
.
En la elaboración del CFDI de nómina tomando el
complemento que brinda la página de Internet del SAT se visualizan las
siguientes pantallas:
Llenos los campos del subsidio para el empleo
efectivamente entregado al trabajador, se abren los campos del subsidio
causado
La problemática sobre esta situación es que si no
existe subsidio para el empleo
efectivamente entregado al trabajador no se puede llenar el campo de subsidio causado. Por tanto,
en aquellos casos en donde sí les corresponde subsidio para el empleo por la
ubicación de la tabla, pero por mecánica del cálculo, el ISR retenido es mayor,
no existe forma de reflejar el subsidio causado, situación que ha
generado el envío de “cartas invitación sobre CFDI de nómina” en donde la
autoridad fiscal indica a los patrones de esos trabajadores que la base de los
ingresos no coincide con el ISR retenido.
De ahí que es urgente que el fisco revise y analice
el desarrollo del campo subsidio causado para todo aquel
trabajador a quién le aplique, con independencia de si se le entrega o no
alguna cantidad por este concepto.
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