El Servicio de Administración Tributaria (SAT) quiere mejorar la causación del Impuesto al Valor Agregado (IVA) con la nueva factura electrónica que incorpora un ‘complemento de recepción de pagos’, el cual permitirá identificar el momento en el que se materializa el pago del impuesto.
Uno de los cambios más importantes en la nueva factura electrónica versión 3.3 es la incorporación de este ‘complemento’ o ‘recibo electrónico de pagos’, que le permitirá al SAT identificar las facturas que hayan sido pagadas total o parcialmente.
Adrián Guarneros, Administrador Central de Servicios al Contribuyente del SAT, señaló que el ‘complemento’ deberá ser emitido por quien reciba un pago en parcialidades o diferido, lo cual permitirá a la autoridad hacer las declaraciones del IVA conforme se hagan los pagos.
Por ejemplo, si se compra un escritorio a tres meses o si se adquiere con un proveedor que acepta que se le pague en un mes el bien, esa compra deberá contar con el ‘complemento de pagos’.
“Si emitiste una factura por un escritorio y lo pagarás en tres meses, no quiere decir que vayas a pagar el IVA correspondiente de ese escritorio en el primer mes, si ese bien se paga en tres mensualidades, vas a pagar el IVA correspondiente a un tercio el primer mes, el segundo tercio en el segundo y el tercer tercio en el tercer mes”, ejemplificó Guarneros.
Agregó que la obligación de emitir el ‘complemento de pagos’ existía desde 2003, sin embargo al revisar las bases de datos, el SAT identificó que una buena parte de los contribuyentes no cumple con esta obligación, por lo que el fisco tenía que interpretar si el pago de IVA había sido correcto.
Se preveía que la emisión del ‘complemento de recepción de pagos’ entrara en vigor con la versión 3.3 de la factura electrónica, pero el SAT decidió hacerla obligatoria a partir del 1 de abril de 2018, debido a que los contribuyentes demandaron más tiempo para asentar sus sistemas y entender mejor el esquema.
Fuente: el financiero
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