El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha publicado,
hasta la fecha, diversos cambios y actualizaciones en los distintos
Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI), principalmente, especificaciones
técnicas que dan lugar a dichas actualizaciones, para ello, es de
destacarse que la tecnología ha resultado ser un aliado importante para el SAT.
Lo cierto es que todas
esas actualizaciones están orientadas a tener una
mejor experiencia de uso en la Factura Electrónica y,
también, a corregir aquellas situaciones complejas que se
han detectado con el paso del tiempo, en la
utilización y aplicación de este sistema.
A partir del 1 de julio de 2017, nuevamente se aplicarán especificaciones
técnicas del Anexo 20 en su versión 3.3. aunque actualmente esté
autorizada la versión actual 3.2 para el primer semestre de 2017, con
el fin de facilitar la adaptación.
Esta transición del CFDI tiene como misión fomentar la calidad de
la información contenida
en los mismos,
para que paulatinamente se logren simplificaciones de trámites o la eliminación de reportes.
¿Qué
cambios plantea la nueva versión 3.3 de CFDI?
La nueva versión incluye cambios tanto en la estructura,
formato de datos, características de los datos, catálogos de datos, como en las validaciones y reglas de cambio.
·
Se aplicarán nuevas
reglas de validación para
comprobar
la coherencia de los datos y evitar posibles errores.
·
Se
emplearán 23
catálogos para mejorar la precisión de los datos, algunos aceptados internacionalmente, y a través
de ellos se designará la información de determinados campos.
·
La información
existente se integrará con el proceso de facturación, de modo que en la
presentación de las declaraciones algunos campos
se presentarán pre-llenados.
¿Cómo
funcionará el complemento de recepción de pagos de CFDI?
En
cuanto al complemento de recepción
de pagos, en su versión 1.0, éste deberá incorporarse al CFDI
que se expida, para confirmar la recepción de pagos
en parcialidades y, en
los casos en que se reciba, el pago de la contraprestación en una
sola exhibición.
Dicha versión también entrará en
vigor el 1 de julio de 2017, pero habrá que
adaptar tecnológicamente los sistemas de gestión o contables para asociar los
pagos con sus respectivas facturas.
Mejoras
en la Factura Electrónica
Debemos estar conscientes de que el SAT se
encuentra en constante actualización y evolución de su esquema de
facturación electrónica, con el objetivo de mejorar la consistencia de los
datos, la automatización de los procesos y un mayor control de la contabilidad
fiscal.
La
primera actualización de 2017 se realizó el pasado 1 de enero con la una nueva versión 1.2 del complemento de nómina.
También ha
actualizado el complemento de comercio exterior para CFDI a su versión 1.1, la cual entró
en vigor en marzo de 2017.
Es importante considerar que NO se deberá cancelar el CFDI cuando el receptor use de manera diferente a la señalada, el campo uso CFDI, en caso de que se
registre una clave distinta al uso del CFDI que le dará el receptor del
comprobante, esto no
será motivo de cancelación o sustitución, y no afectará para su deducción o acreditamiento de impuestos.
Asimismo, en el CFDI versión 3.3 no
se podrán registrar cantidades en negativo, en ésta versión 3.3 del CFDI no
aplicará el uso de números negativos para ningún dato, conforme al fundamento
legal del Anexo 20 versión 3.3, publicado en el Diario Oficial de la Federación
(DOF) el pasado 10 de enero de 2017.
¿Cómo
se deben reflejar entonces los
impuestos retenidos y trasladados en el CFDI versión 3.3?
En la versión 3.3 del CFDI se expresarán
los impuestos trasladados y
retenidos aplicables por cada concepto registrado en el comprobante, por
lo que se deberá detallar lo siguiente:
• Base para el cálculo
del impuesto.
•
Impuesto (Tipo de impuesto ISR, IVA IEPS).
• Tipo
factor (Tasa, cuota o exento).
• Tasa
o cuota (Valor de la tasa o cuota que corresponda al impuesto).
•
Importe (Monto del impuesto).
De la misma manera, se tendrá que incluir, a nivel
comprobante, el resumen de los impuestos trasladados por:
• Tipo
de impuesto.
• Tipo
factor.
• Tasa
o cuota e Importe.
Asimismo,
el resumen de los impuestos retenidos
por Impuesto e Importe, además de registrar
en su caso, el Total
de los Impuestos Trasladados y/o Retenidos.
Como se
puede observar, son pequeños detalles en los que deberemos
estar atentos para implementar los cambios, a fin de que nuestra información se encuentre actualizada, conforme
a los nuevos parámetros y especificaciones hacendarias, de esta manera nos
podemos familiarizar con ellas en el tiempo que falta, en caso de que al día de hoy no lo hayamos realizado.
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