Periodo para hasta abril no corresponde a prórroga
como ha sucedido con anterioridad.
Cerca del 60% de sus usuarios Pymes ya
comenzaron a cumplir con la emisión de recibos de nómina electrónicos con el
complemento versión 1.2, que se convirtió en una obligación de todos los
patrones desde el primero de enero de 2017, precisó la compañía Aspel.
El anuncio del SAT, del pasado 15 de diciembre, en el que se abre la
posibilidad de entregar los recibos con los nuevos requisitos hasta abril,
corresponde a un lapso de transición que sirve como apoyo para aquellas
pequeñas y medianas empresas que están en proceso de migración de sus datos o
para quienes aún no disponen de un sistema administrativo, aclaró Magdalena
Méndez, gerente de soporte técnico de la firma.
Méndez advirtió que el periodo que abrió la autoridad hacendaría no
corresponde a una prórroga, como ha sucedido para otras obligaciones, “ya que
quienes continúen usando el complemento 1.1 de nómina, deberán cancelar, antes
de abril, todos los recibos que hayan emitido para retimbrarlos con la versión
1.2.”
Sin embargo, este proceso, además de duplicar el trabajo y
disminuir la productividad de las Pymes, afecta a su declaración anual de
sueldos y salarios de 2017, dado que los datos para su llenado provienen de los
recibos de nómina.
Seis claves para el llenado de recibos de nómina
De acuerdo con Aspel, estos son los puntos que todo contribuyente debe
tomar en cuenta a la hora de cumplir con la obligatoriedad de la nómina:
1.- Especificar tipos de información: Detallar el tipo
de nómina, periodicidad de pago, tipo de contrato y de jornada, de acuerdo a
los catálogos (rubros a llenar) publicados por la autoridad fiscal y en los que
se asigna una clave numérica para cada opción.
“Es importante precisar si se trata de una persona
moral o física y de qué tipo. Además hay que revisar los documentos en los que
el SAT indica cuál es el régimen en el que está dada de alta la empresa”,
indicó la empresa.
2.- Precisar datos y la Clave Única de Registro de Población (CURP)
del trabajador: Hay que asentar si el empleado es
sindicalizado, dónde trabaja y si es subcontratado. Además revisar que el CURP
esté compuesto por 18 caracteres y validar su registro para evitar
duplicaciones con otros contribuyentes.
3.- Verificar el RFC: En el caso de las personas morales
este registro debe estar compuesto por 12 caracteres, mientras que el de las
personas físicas por 13. Su validez puede consultarse en las soluciones en
línea del portal del SAT.
4.- Desglose de otros conceptos que se le
retribuyen al trabajador: Así como el reintegro de ISR pagado en
exceso o el subsidio al empleo pagado y aplicado, los beneficios o bonos que
recibe un trabajador pueden ser considerados exentos de impuestos.
5.- Expresión de números negativos: El SAT solicita que en el nuevo recibo digital de nómina no se indiquen
números negativos. Para indicar aquellos montos que no son un ingreso para el
trabajador; por ejemplo el subsidio para el empleo, viáticos, o reintegro de
ISR, se debe generar un nuevo nodo (rubro), llamado “otros pagos”.
6.- Congruencia en la información: Cada
dato expresado en el recibo debe coincidir y relacionarse correctamente entre
sí. Por ejemplo, el tipo de contrato siempre debe corresponder con el régimen
de contratación. Para facilitar esta tarea, existen guías de uso en el portal
del SAT para validar la congruencia de información.
Para fungir como apoyos en el cumplimiento de lo anterior y permitir su
deducibilidad ante la autoridad tributaria, existen sistemas de nómina integral
como NOI 8.0, desarrollado por Aspel. Éste permite a las empresas calcular
exactamente sueldos, salarios, percepciones, deducciones, impuestos y
aportaciones de seguridad social de los trabajadores, además de posibilitar la
emisión de recibos de nómina electrónicos usando la versión 1.2 del complemento
exigida en la nueva disposición fiscal.
Fuente: idc online
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